Data: 04/10/2019
Iturria : Sareen Sarea
Iturrira sartu

Sareen Sarea ha acudido hoy al Parlamento Vasco para mostrar su posición con respecto a la reforma de la Ley 18/2008 de Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Pablo González, presidente de Sareen Sarea, ha acudido esta mañana invitado al Parlamento para trasladar las reflexiones y propuestas del Tercer Sector Social de Euskadi en la que considera “una oportunidad de adaptar la Ley al nuevo contexto socieconómico y mejorar uno de los pilares fundamentales del sistema de protección social del que se ha dotado Euskadi”.

A juicio de Sareen Sarea, es un hecho constatado que el sistema de garantía de Ingresos en Euskadi goza de un reputado nivel de desarrollo comparativamente con otras comunidades, que las prestaciones ejercen un impacto positivo para rebajar las tasas de pobreza y reducir la desigualdad social, y que sus beneficios no se circunscriben solamente a los beneficios sobre las familias perceptoras.

Pero también lo es que la Encuesta de Pobreza y Desigualdades Sociales 2018 del Gobierno Vasco señala que “la población en riesgo de pobreza grave resulta un 64,9% superior, pasando de 66.540 personas afectadas en 2008 a 109.735 en 2018”. La proporción de habitantes por debajo del umbral de pobreza grave era del 5,1% en 2018, dos décimas superiores a 2016. Evolución negativa que también se da en datos de pobreza relativa: 382.316 personas afectadas, lo que supone un 17,7% de la población, 1,3 puntos más que 2016 y 2,3 más que en 2008.

También ha continuado creciendo el volumen de población que no accede a las prestaciones -que la EPDS calcula en 60.618 personas en 2018- y la población, que, aun siendo atendida por el sistema de protección, no sale de la pobreza. Siendo en 2018 más la población atendida que no sale de la pobreza (70.348 personas) que la que sí consigue salir de la pobreza gracias a la RGI/PCV/AES (66.219 personas).

Consideraciones Generales

Sareen Sarea considera que:

– Existen múltiples aspectos que precisan mayor concreción. Es excesivo el contenido que queda pendiente de desarrollo reglamentario.

– No se debe perder la oportunidad de revertir de los recortes y restricciones establecidos en la modificación de la Ley en 2011.

– Es necesario desarrollar el Doble Derecho (garantía de ingresos e inclusión social).

Ahora bien, se identifican cuatro aspectos medulares:

1. CÁLCULO DE LAS CUANTÍAS

“Referenciar o vincular las cuantías al umbral de pobreza nos parece interesante”.

“Valoramos positivamente considerar la composición de la unidad de convivencia, no solamente el número de miembros”.

“Vemos importante contemplar una mayor progresividad que la existente hasta ahora”.

“En función de las simulaciones realizadas, con el objetivo de comparar lo que las personas percibirían y su posición respecto a los umbrales de pobreza y ausencia de bienestar, el resultado es que con las cuantías derivadas de la proposición de Ley no se superarían los umbrales de pobreza. Tampoco se conseguiría el objetivo del Gobierno de reducir la pobreza en un 20% para 2020. Por eso, “el nuevo indicador no tiene impacto sobre el resultado”.

“Vemos necesario trabajar en consensuar un indicador de refencia: objetivo, accesible, comprensible, consensuado y revisable anualmente”. En la actualidad es el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la proposición de Ley recoge sustituirlo por un nuevo indicador de referencia: el Indicador de Gastos Mínimos Comunes, creado por el Gobierno Vasco.

2. El tiempo de EMPADRONAMIENTO

“Proponemos devolver el tiempo de empadronamiento de tres años a uno -es decir, al momento anterior a la reforma de 2011- considerando la posibilidad de crear una comisión que analice el efecto que se produce durante los dos años siguientes al cambio”.

3.La EDAD MINIMA de los perceptores

“Proponemos eliminar las nuevas exigencias para el acceso a la RGI a la población entre 23 y 29 años y adoptar medidas suficientes para proteger a la población menor de 23 años que no cuentan con redes sociales ni familiares de apoyo, y que no podrán acceder a la prestación y se encuentran realmente en una situación de clara desprotección.

4. La UNIDAD MINIMA DE CONVIVENCIA

La Proposición de Ley plantea (Artículo 9) que se considerará que la unidad de convivencia estará constituida por todas las personas que residan conjuntamente en el mismo domicilio, salvo excepciones. Esta cuestión es compleja, no es posible determinar si dos personas tienen una relación distinta a la que ellas manifiesten, sin embargo, “creemos que esta “solución” no tiene en cuenta, suficientemente, algunos elementos de la realidad actual y puede perjudicar a una parte de la población que se encuentran con grandes problemas de acceso a una vivienda y tiene que compartir vivienda con otras personas, sin que ello signifique la existencia de ningún tipo de relación familiar o análoga. Por eso, proponemos mantener dos RGI por vivienda y contemplar excepciones para una tercera”.

Otras aclaraciones

Además de estas cuatro cuestiones, también hemos remitido al Gobierno la necesidad de aclaración de algunas propuestas, entre ellas, la que tiene que ver con la independencia del núcleo pensionista de la unidad de convivencia.

Y también, si se considera –como planteamos- pensionistas a aquellas personas causantes de una prestación familiar por hijo a cargo con discapacidad mayor de 18 años que tengan un porcentaje igual o superior al 65% o bien que judicialmente hayan sido declaradas incapaces

El presidente de Sareen Sarea ha reiterado una vez más que “la RGI es una herramienta del sistema de protección social a preservar, a poner en valor, mejorable en el cómo se gestiona y cómo se aplica para ser más eficaz y eficiente, pero sin cuestionar su valor originario: la solidaridad”. A lo que ha añadido, por último, “esperamos que esa sea la guía de las deliberaciones para contribuir al consenso político y social que este sistema de protección social merece y necesita”.